Uno de los debates más interesantes sobre la justicia constitucional es el relativo a la
jurisdiccionalización de lo político, es decir, la participación del juez constitucional en
la definición de la dirección política del Estado cuando ejerce el control abstracto de
constitucionalidad; esto porque el juez constitucional en ejercicio del control abstracto,
puede excluir alternativas políticas contrarias a las orientaciones constitucionales o,
incluso, amoldarlas a la Constitución.
En opinión de Gustavo Zagrebelsky dicha jurisdiccionalización comporta, a su
vez e inevitablemente, la politización de la justicia; que no es cosa diferente a actuar
como órgano jurídico y político a la vez, y, además, la sumisión de los problemas políticos a la decisión de un tribunal u órgano jurisdiccional, que los dirimirá con base en
criterios jurídicos en virtud de una sentencia judicial2.